Política documental


A. Préstamo




  • El alumnado no podrá solicitar en préstamo más de dos libros a la vez y tendrá que devolver éstos para poder obtener un nuevo libro en préstamo. El préstamo de libros se podrá renovar siempre y cuando no haya lista de espera para pedir el mismo libro.
  • El servicio de préstamos se regirá por las siguientes normas:
  1. No se pueden prestar los libros incluidos en el fondo de referencia.
  2. Las obras que en un momento dado sean muy requeridas para trabajos concretos o lecturas obligatorias podrán ser incluidas en las no prestables durante el tiempo que dure esta circunstancia. Si existe un número considerable de ejemplares, podrá reservarse tan sólo la cantidad suficiente (dos o tres ejemplares) para cubrir su lectura en la sala, pudiendo prestarse el resto.
  3. El lector cogerá el libro deseado y se dirigirá al profesorado encargado, quien anotará todos los datos en el programa informático, así como la fecha de devolución.
  4. La duración del préstamo será de quince días, aunque es posible renovar el préstamo por un segundo periodo, salvo que el libro esté muy demandado o haya pocos ejemplares, como es el caso de algunos libros de lectura de idiomas.
  5. Para las vacaciones se puede hacer un préstamo por la duración de las mismas, sólo a aquellos alumnos que continúen siéndolo al curso siguiente.
B. Devoluciones

  • Cuando se produzca la devolución el profesorado encargado comprobará el estado del libro.
  • Cuando se produzca un retraso de 15 días en la devolución del libro, se comunicará por escrito al alumno/a en cuestión que consta dicho retraso en el registro de préstamo, de modo que si no es devuelto en el plazo de una semana de haber recibido el aviso por escrito, será objeto de un parte disciplinario leve y se le sancionará con quince días sin derecho a préstamo, y, si fuese la segunda vez, con un mes. La reincidencia por tercera vez será sancionada con un parte grave y la imposibilidad de obtener nuevos préstamos durante el curso.
  • Para los libros que se prestan para uso en el aula o en la biblioteca, el profesorado de guardia anotará en el Libro de Guardias de la Biblioteca el nombre, apellidos y curso del alumnado que solicita el préstamo y el título y el código de los libros prestados así como la cantidad. Una vez devueltos lo anotará al lado del correspondiente préstamo.
  •  Será función del/a coordinador/a de la biblioteca mantener al día el listado de libros no devueltos y hacer las gestiones necesarias para que sean devueltos.


C. Extravíos
· En caso de pérdida o gran deterioro el lector deberá restituir el propio ejemplar o compensar con dinero su valor.

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